Guía

Modelo 390: resumen anual de IVA para autónomos 2026

El modelo 390 es el resumen anual del IVA. Descubre quién está obligado, qué fecha límite tiene en 2026, qué casillas recoge y cómo cuadra con los cuatro 303 del año.

Qué es el modelo 390

El modelo 390 es la Declaración Resumen Anual del IVA. Se trata de una declaración informativa que recoge en un único documento las operaciones realizadas a lo largo del ejercicio en concepto de IVA, agrupando y reconciliando la información de los cuatro modelos 303 trimestrales presentados durante el año.

El 390 no genera pago ni devolución. Su único objetivo es proporcionar a la Agencia Tributaria un resumen global verificable de toda la actividad de IVA del ejercicio.

Base legal: artículo 122 del Reglamento del IVA (RD 1624/1992) y la Orden Ministerial que aprueba el modelo para cada año.

Quién está obligado

Deben presentar el modelo 390 todos los autónomos y sociedades que:

  • Están inscritos en el Registro de IVA (han presentado el 303 durante el año).
  • No están acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información) — obligatorio para empresas con más de 6 millones de euros de volumen de operaciones.
  • No llevan contabilidad ajustada al Código de Comercio (en cuyo caso existe una exoneración específica, pero siguen presentando el 303).

Para la gran mayoría de autónomos individuales en estimación directa simplificada, el 390 es obligatorio.

Plazo de presentación

El modelo 390 del ejercicio 2026 se presentará del 1 al 30 de enero de 2027, el mismo mes en que se presenta el modelo 303 del cuarto trimestre de 2026.

Cuando el día 30 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se amplía al siguiente día hábil.

Fuente: AEAT — Calendario fiscal (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/presentar-declaraciones/calendario-presentacion.html).

Estructura y casillas principales

El modelo 390 recoge la totalidad de operaciones del ejercicio agrupadas por tipo de operación y tipo impositivo.

Operaciones devengadas (IVA repercutido)

Casilla Contenido
01 Base imponible total de operaciones al 21 %
02 Cuota al 21 %
03 Base imponible al 10 %
04 Cuota al 10 %
05 Base imponible al 4 %
06 Cuota al 4 %
26 Total cuota devengada del ejercicio

Operaciones deducibles (IVA soportado)

Casilla Contenido
28 Cuotas deducibles en operaciones interiores corrientes
29 Cuotas deducibles en bienes de inversión
44 Total cuota a deducir

Resultado del ejercicio

Casilla Contenido
46 Resultado de la declaración anual (suma casillas 26 − 44)
95 Resultado del último periodo de liquidación (4T) — enlaza con el 303 4T

Cuadre con los cuatro modelos 303

El valor de la casilla 01 del 390 debe ser igual a la suma de las casillas 01 de los cuatro modelos 303 presentados durante el año. Lo mismo aplica a todas las demás casillas de base imponible y cuota.

Ejemplo de cuadre (año 2026 completo):

Casilla 303 1T 303 2T 303 3T 303 4T Total 390
01 (base 21 %) 4.300 € 4.300 € 5.200 € 4.800 € 18.600 €
02 (cuota 21 %) 903 € 903 € 1.092 € 1.008 € 3.906 €
28 (deducible) 60,90 € 60,90 € 75 € 68 € 264,80 €

Cómo presentar el modelo 390

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/declaracion-modelo-390.html.
  2. Selecciona el ejercicio (2026) e introduce los datos agrupados de todas las operaciones del año.
  3. El sistema de la AEAT ofrece el servicio de importación de datos del 303 si presentaste todos los trimestres telemáticamente; verifica que el cuadre sea correcto.
  4. Confirma y guarda el justificante de presentación (CSV).

Errores frecuentes

  • No cuadrar con los 303: la causa más habitual es haber olvidado incluir alguna factura en el trimestre correcto. Revisa los cuatro 303 antes de presentar el 390.
  • Confundir el 390 con el 303: el 390 no tiene resultado a ingresar. Si tu gestor te pide que «pagues el 390», algo está mal.
  • Presentarlo sin haber presentado el 4T del 303: ambos se presentan en enero, pero es más práctico presentar primero el 303 del 4T y luego el 390.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

No. El modelo 390 es estrictamente informativo. No genera cuota a ingresar ni a devolver por sí mismo. El ingreso o devolución del IVA del cuarto trimestre se realiza a través del modelo 303 de enero. El 390 solo recoge el resumen global del ejercicio.

El plazo para presentar el modelo 390 del ejercicio 2025 es del 1 al 30 de enero de 2026. En 2027 se presentará el 390 de 2026 en el mismo plazo (1-30 enero). Es el mismo mes en que también se presenta el 303 del cuarto trimestre.

Los autónomos que llevan la contabilidad de acuerdo al Código de Comercio (estimación directa normal) y los que están acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información) no presentan el 390. Para la mayoría de autónomos en estimación directa simplificada sin SII, el 390 es obligatorio.

Las casillas del 390 deben cuadrar exactamente con la suma de los cuatro modelos 303 presentados. Si hay discrepancias, Hacienda puede iniciar un requerimiento informativo o una comprobación limitada. Si detectas un error en un 303 ya presentado, debes rectificar ese 303 antes de presentar el 390.

Si eres autónomo con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros (obligado al SII), no presentas el 390 porque usas el SII. Si eres autónomo normal, el 390 complementa a los cuatro 303 del año y ambos son obligatorios.


Fuentes oficiales

Herramientas relacionadas

Calcular IVA para el 390

Ver plazo del Modelo 390

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