Guía

Modelo 303: declaración trimestral de IVA para autónomos 2026

Todo sobre el modelo 303 en 2026: quién lo presenta, plazos, casillas clave y un ejemplo numérico con tipos de IVA 21 %, 10 % y 4 %. Guía verificada AEAT.

Qué es el modelo 303

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deben presentar todos los autónomos y empresas en régimen general de IVA. A través de él se declara:

  • El IVA repercutido (devengado): el IVA que has cobrado a tus clientes en tus facturas.
  • El IVA soportado (deducible): el IVA que tú has pagado en tus facturas de proveedores y gastos afectos a la actividad.
  • La diferencia: si el IVA repercutido supera al soportado, el resultado es «a ingresar»; si es al revés, «a compensar» o «a devolver» (solo en el último trimestre).

Base legal: artículos 160-167 del Reglamento del IVA (RD 1624/1992) y artículos 164-173 de la Ley 37/1992.

Quién está obligado

Todos los autónomos y sociedades que realizan operaciones sujetas y no exentas de IVA en régimen general. Quedan fuera:

  • Actividades exentas de IVA (formación reglada, servicios médicos, servicios financieros…) — pero deben presentar el 303 negativo si tienen algún IVA soportado.
  • Autónomos en régimen de recargo de equivalencia (comerciantes minoristas) — el recargo lo liquida el proveedor.

Plazos de presentación 2026

Trimestre Periodo Plazo
1T Enero–marzo 1–20 de abril 2026
2T Abril–junio 1–20 de julio 2026
3T Julio–septiembre 1–20 de octubre 2026
4T Octubre–diciembre 1–30 de enero 2027

Cuando el día 20 o 30 cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende al siguiente día hábil.

Fuente: AEAT, calendario fiscal 2026 (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/presentar-declaraciones/calendario-presentacion.html).

Tipos de IVA en 2026

Tipo Porcentaje Aplicación
General 21 % Mayoría de bienes y servicios
Reducido 10 % Alimentos (no básicos), hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva, servicios de peluquería…
Superreducido 4 % Alimentos básicos (pan, leche, huevos, frutas…), libros, medicamentos, prótesis, sillas de ruedas…

Fuente: artículos 90.Uno y 91 de la Ley 37/1992 (LIVA).

Casillas clave del modelo 303

Sección IVA devengado (IVA repercutido)

Casilla Contenido
01 Base imponible de operaciones a tipo 21 %
03 Base imponible de operaciones a tipo 10 %
05 Base imponible de operaciones a tipo 4 %
02 Cuota IVA al 21 %
04 Cuota IVA al 10 %
06 Cuota IVA al 4 %
27 Total cuota devengada (suma casillas 02+04+06+…)

Sección IVA deducible (IVA soportado)

Casilla Contenido
28 Cuotas de IVA deducibles en operaciones interiores corrientes
29 Cuotas IVA deducibles en operaciones interiores de bienes de inversión
36 Total cuota a deducir

Resultado

Casilla Contenido
46 Resultado de la declaración (casilla 27 − casilla 36)
47 Compensación de periodos anteriores (si procede)
69 Resultado final a ingresar / a devolver

Ejemplo numérico trimestral

Autónomo diseñador, 2T 2026 (abril–junio)

Concepto Base imponible IVA
Factura cliente A — diseño web 2.000 € 420 € (21 %)
Factura cliente B — diseño gráfico 1.500 € 315 € (21 %)
Factura cliente C — freelance 800 € 168 € (21 %)
Total IVA repercutido 4.300 € 903 €
Gasto Base imponible IVA soportado
Adobe CC (software) 60 € 12,60 € (21 %)
Factura gestoría 150 € 31,50 € (21 %)
Material oficina 80 € 16,80 € (21 %)
Total IVA soportado 290 € 60,90 €

Resultado: 903 € − 60,90 € = 842,10 € a ingresar en el segundo trimestre.

Usa nuestra calculadora para obtener el resultado de tu 303:

Cómo presentar el modelo 303

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT con certificado, DNIe o Cl@ve: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/declaracion-modelo-303.html.
  2. Rellena las casillas de IVA devengado y deducible del trimestre.
  3. Si el resultado es positivo, selecciona la forma de pago (domiciliación, NRC de banco o cargo en cuenta en sede).
  4. Si el resultado es negativo (a compensar), márcalo en la casilla correspondiente; en el 4T puedes solicitar devolución.
  5. Guarda el justificante de presentación (NRC o código seguro de verificación).

Errores frecuentes

  • Incluir facturas de periodos anteriores: las facturas deben incluirse en el trimestre en que se han devengado, no cuando se cobran (criterio general, salvo criterio de caja).
  • No declarar operaciones intracomunitarias: si tienes facturas a empresas de la UE con IVA 0 % (inversión del sujeto pasivo), deben reflejarse en las casillas específicas del 303 y en el modelo 349.
  • Olvidar el IVA soportado de gastos deducibles: cada factura de proveedor con IVA incluye una cuota que puedes deducirte. No deduciéndola estás pagando de más.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

El modelo 303 se presenta cuatro veces al año: del 1 al 20 de abril (primer trimestre), del 1 al 20 de julio (segundo trimestre), del 1 al 20 de octubre (tercer trimestre) y del 1 al 30 de enero (cuarto trimestre). El cuarto trimestre tiene un día adicional de plazo.

Si el IVA deducible (soportado) supera al IVA devengado (repercutido), el resultado de la declaración es negativo. Puedes optar por compensarlo en el siguiente trimestre o, si estás en el último trimestre (el 303 de enero), solicitar la devolución a Hacienda.

Sí. Si estás dado de alta en el censo de Hacienda como operador de IVA, debes presentar el 303 aunque el resultado sea 0 € (declaración sin actividad). Si no presentas, te expones a sanciones por presentación tardía.

Sí. El modelo 303 tiene casillas diferenciadas para el tipo general (21 %), el reducido (10 %) y el superreducido (4 %). Cada tipo tiene su casilla de base imponible y su casilla de cuota devengada. El IVA soportado se agrupa en una casilla única de IVA deducible en operaciones interiores corrientes.

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral periódica en la que ingresas o compensas el IVA neto. El modelo 390 es el resumen anual informativo que recoge la suma de todos los trimestres del ejercicio; el 390 no genera pago adicional.


Fuentes oficiales

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Calcular mi IVA trimestral

Ver plazos del Modelo 303

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